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Informar que el Deudor Está Fallecido o en el Extranjero
Este trámite tiene por objeto que un tercero ponga en conocimiento del Servicio de Tesorería, el hecho de que el deudor falleció o se encuentra en el extranjero.
Descripción
Un tercero ajeno al proceso de cobro, podrá realizar esta presentación, cuando toma conocimiento que el deudor ha fallecido, o se encuentra en el extranjero.
Documentos Obligatorios
Si es persona natural representada por un tercero o persona jurídica debe adjuntar (si usted es un tercero ajeno a la causa no requiere mandato):
- Carta poder simple: 5 días hábiles contados a partir de la fecha consignada en el poder y sólo para el (los) trámite(s) particular que en el mismo se señale. Vencido el plazo, deberá otorgarse uno nuevo.
- Carta poder otorgada ante Notario o Poder Notarial: Tratándose de poderes y mandatos otorgados por escrito, en los cuales la firma del poderdante y mandatario aparecen autorizados ante notario, tendrá una vigencia de 6 meses contados desde su otorgamiento y para el o los trámites que en él se señalan. Vencido el plazo deberá otorgarse uno nuevo.
- Escritura pública: 1 año contado desde la fecha de su otorgamiento y para las diligencias que en ella se señalen. Transcurrido el plazo, su vigencia se acreditará anualmente, mediante certificación que debe estampar el respectivo notario o Archivero Judicial.
Documentos Opcionales
- Puede adjuntar un escrito aclaratorio de lo que desea informar a la TGR.
Tiempo de Realización
- La solicitud debe ser resuelta en plazo de 15 días hábiles siguientes a su recepción.
- Este plazo se suspende si se requieren antecedentes adicionales del servicio girador u otras secciones o autoridades de la Tesorería Regional y/o Provincial respectiva.