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Solicitar alzar Bienes embargados
Para que pueda decretarse el alzamiento de un embargo, debe acreditarse que la deuda demandada, se encuentra totalmente pagada, o que se ha extinguido por otro modo contemplado por la ley, tal como compensación o eliminación de la deuda por el Servicio girador.
Sustituir Bienes embargados
La sustitución de un bien embargado por otro, es una situación de excepción y para que proceda debe ser solicitada por el interesado y no ocasionar un perjuicio para el Fisco ejecutante, puesto que el bien ofrecido en sustitución debe ser de iguales o de mejores características y su eventual remate representar un mayor beneficio al interés fiscal.
Disminuir Bienes embargados
Para disminuir el embargo trabado en un juicio de cobro de obligaciones tributarias, el interesado debe solicitarlo y estar suficientemente garantizado el pago total de la deuda con el embargo ya trabado, incluidos los intereses y multas, y producirse a posteriori un pago parcial de la deuda, de modo que el saldo pendiente sea inferior a la deuda primitiva, en una cantidad que resulte significativa.
Para acceder al formulario de solicitud, deberás contar con clave única y adjuntar lo solicitado.
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